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 DECRETO N° 805

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 113 de la Constitución Política del Estado y 26 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, declara procedente la acreditación del contenido de las actas de sesión de cabildo de fechas 1 y 12 de marzo de 2008, que calificó procedente la renuncia presentada por el C. ENRIQUE VICTORIA SÁNCHEZ, al cargo de Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento de San Juan Sayultepec, Nochixtlán, Oaxaca, y en virtud de la negativa de los Suplentes a ocupar el cargo, que el C. OZIEL LOPEZ CORDOVA, ocupe el cargo de Síndico Municipal del Ayuntamiento de San Juan Sayultepec, Nochixtlán, Oaxaca.

 

 

Comuníquese esta determinación al Honorable Ayuntamiento de San Juan Sayultepec, Nochixtlán, Oaxaca, para los efectos legales procedentes.

 

 

T R A N S I T O R I O :

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su aprobación. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 21 de enero de 2009.

 

 

 

DIP. JAIME ARANDA CASTILLO.

PRESIDENTE.

RÚBRICA.

 

 

DIP. ISABEL CARMELINA CRUZ SILVA.

SECRETARIA.

RÚBRICA.

 

DIP. AGUSTIN AGUILAR MONTES.

SECRETARIO.

RÚBRICA.